En la anterior entrada sobre el fenómeno del “Brexit” se abordó éste de forma genérica, dándole una definición conceptual más clarificadora y poniendo de relieve ciertas consecuencias geopolíticas y económicas. Todo ello desde el prisma de la prudencia y esperando a que el tiempo haga evolucionar el asunto.
Ahora es el momento de focalizar la atención en los efectos más directos que puedan afectar a la población, al individuo como ciudadano; ya sea británico o extranjero. Quizá de esa forma sea más sencillo comprender el alcance de esta medida política, elegida por el pueblo inglés, y atenerse a las consecuencias que puedan derivarse a medio y largo plazo.
Reino Unido siempre ha sido una nación con una especial capacidad para establecer relaciones diplomáticas con un gran número de naciones. Su historia colonizadora le ayuda a mantener lazos de unión con diferentes continentes y países con los que otrora estuvo unidos. Es por ello muy previsible que pese al brexit, consigan alcanzar acuerdos bilaterales con otras naciones. Sirvan de ejemplo los convenios que mantiene con Islandia, Liechtenstein y Noruega (todos ellos Estados que no forman parte de la Unión Europea).
Si se observa con atención, una vez se produzca la aplicación de esta separación inglesa del marco comunitario, se perderán derecho de trabajadores tan esenciales como ejercer un trabajo asalariado sin restricciones, no sufrir discriminación para acceder al empleo por la imposición de requisitos injustificados, establecer por parte de Reino Unido condiciones de contratación distintas a las que exige a sus ciudadanos, derecho a que el trabajo se lleve a cabo en idénticas condiciones que tiene cualquier ciudadano inglés y así un largo etcétera.
Por otro lado, los trabajadores autónomos tendrán restricciones a la hora de disfrutar de una libertad de establecimiento. Se les impondrán condiciones distintas que si fueran nacionales del país en el que pretenden comenzar su actividad empresarial. De tal forma que podrán exigirles diferentes certificados, autorizaciones administrativas, trámites burocráticos e incluso una carga fiscal mayor o al menos diferente que dificulte la actividad económica pretendida.
La conclusión es que el trabajador no inglés quedará a merced de la legislación nacional, pues será un extraño a todos los efectos jurídicos. Salvo pacto bilateral, no cabe duda que el trato ofrecido a un trabajador o empresario extranjero será muy distinto al que reciba un nacional. Tendrá menos protecciones, sufrirá más gravámenes discriminatorios y se le exigirá mucho más; todo ello supondrá en muchos casos una barrera económica y laboral de difícil salvación.
Además en España y Reino Unido sentirían las consecuencias de esta separación los clientes de bancos como SANTANDER o incluso los clientes de IBERIA. En Reino Unido existen un total de 250 sociedades mercantiles españolas que desarrollan allí su actividad económica. Todas ellas sufrirían las consecuencias y ambas naciones verían mermada su economía cuando esas empresas tuvieran que llevar a cabo reajustes en su estructura, plantilla y campo de inversiones.
En cuanto a los ciudadanos británicos que residan en España, sus condiciones también sufrirán cambios respecto a la actualidad. Es evidente que serán considerados extranjeros extracomunitarios y por tanto perderán esos derechos que poseían hasta la separación. A estos trabajadores se les aplicará el mismo trato que al resto de extranjeros. Tendrán por tanto una total capacidad para contratar de forma laboral, pero necesitarán para ello una autorización administrativa previa para residir y para trabajar. Lo que se conoce como “tarjeta de identidad de extranjero” cuando estén aquí menos de cinco años pero más de noventa días. Si transcurren cinco años, podrán tenerla de forma permanente. La autorización de trabajo temporal tendrá una duración superior a noventa días e inferior a cinco años y podrá limitarse a un determinado territorio, sector o actividad, con la posibilidad de renovarla si el contrato de trabajo continúa. Transcurridos cinco años desde la primera autorización para trabajar y su renovación o modificación, aquélla adquirirá carácter permanente.
Pero quizá lo que más les preocupe sea la pérdida de poder adquisitivo. La libra ha sufrido una severa caída en los mercados internacionales, lo cual ha provocado que el euro la supere en estos últimos meses. Además está previsto que en lo sucesivo continúe devaluándose.
Este hecho tiene como consecuencia inmediata un decrecimiento de la capacidad económica de los ciudadanos británicos que residiendo en nuestro país reciben rentas del suyo, el paradigma son los jubilados. España es un destino clave para este sector de población inglesa. Con el brexit las siguientes generaciones se replantearán elegir a nuestro país como destino de retiro final ante la pérdida de este poder adquisitivo, sobretodo porque hasta la fecha era justamente lo contrario; sus rentas les permitían mantener un nivel y calidad de vida muy superior que en Reino Unido con esa misma pensión de jubilación.
Y también el turismo se vería gravemente afectado, España recibe cada año a 13 millones de turistas británicos. Si su moneda pierde valor, se pensarán dos veces el pasar sus vacaciones en nuestro país. De tal forma que el sector servicios español, el más importante en cuanto al PIB, sufriría así un severo revés afectando a nuestra economía nacional.
Con la legislación europea todas estas cábalas eran una mera fantasía, un mal sueño de imposible cumplimiento gracias a las garantías que establece su normativa. Derecho como la libertad de capitales, libertad de residencia, igualdad de condiciones laborales… todos perderán contenido y dejarán de existir entre el Reino Unido y la Unión Europea en cuanto la separación se haga realidad. Algo que se presume ágil, pues Bruselas está molesta con la decisión tomada en el país anglosajón y busca que todo el trámite se lleve a término lo antes posible. Hay cierta luz esperanzadora sobre este asunto, y es que hay quienes creen que ahora no estará el país que siempre “ponía trabas” a la unificación europea. Reino Unido nunca fue demasiado europeísta (no tenía un especial acervo comunitario) y quizá ahora con su marcha Europa consiga avanzar hacia la unión definitiva.
"God damn you, Lezo!" ("¡Que Dios te maldiga, Lezo!") Edward Vernon.
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